El gran escollo para la negociación del IV Acuerdo Marco de Estiba es clarificar los ámbitos del negocio en España. El acuerdo tiene que regular las relaciones laborales de los estibadores en los puertos españoles, pero ¿puede ir más allá?
La plataforma sindical, que agrupa a Coordinadora, UGT y Comisiones Obreras, ha presentado un documento que extralimita los ámbitos de la estiba y se extiende, de nuevo, al ámbito de las tareas complementarias o servicios comerciales.
Los sindicatos basan su argumento en que el 40 por ciento de su actividad está concentrado en estas tareas, sobre todo, en los grandes puertos. Los servicios comerciales parece que son un ámbito liberalizado, según la nueva Ley de Puertos, pero la realidad del artículo 149 tenderá a impedirlo.
¿Liberalización? No, sólo simple negociación. Tareas como la entrega y recepción de contenedores o los automóviles sin matricular tienen que ser operados por empresas de servicios comerciales autorizadas por los puertos, si sacan los pliegos, claro, que “deberán atender sus necesidades de personal mediante la utilización de personal de la SAGEP siempre y cuando su oferta sea igual o más ventajosa en términos de calidad y coste en el sector de la estiba”.
La tesis sindical, que arruinó el anterior IV Acuerdo, ¿sale ahora reforzada por el artículo 149? Al otro lado de la mesa, la nueva Anesco no quiere guerras, ni más denuncias. Debe hacer respetar una sentencia judicial que confirmó que en el anterior convenio las partes se extralimitaron.
Es la hora de la madurez. El sector demanda un acuerdo útil, que flexibilice costes y mantenga la paz social, pero que ajuste el negocio a la legalidad.