Aprecia indicios racionales de infracción de la normativa por un acuerdo sobre el recargo del combustible por parte de la patronal Asemtracon y 20 empresas del sector.
La Comisión Nacional de la Competencia (CNC) ha decidido perseguir la posibles prácticas restrictivas que se dan en el transporte de contenedores en Madrid. La CNC ve indicios de infracción de la normativa de competencia por un acuerdo sobre recargo de combustible pactado por la patronal Asemtracon y 20 empresas.
El sector del transporte de contenedores de Madrid no ha logrado escabullirse del punto de mira de la Comisión Nacional de la Competencia (CNC), que mantiene procesos abiertos por prácticas restrictivas a la libre competencia en el transporte por carretera en los puertos de Bilbao, Valencia y Barcelona. La Dirección de Investigación de la CNC ha decidido incoar un expediente sancionador contra la Asociación de Empresarios de Transporte de Contenedores de la Zona Centro (Asemtracon) y 20 operadores de transporte terrestre de contenedores (ver cuadro adjunto) en relación con “posibles prácticas restrictivas de la competencia consistentes en la adopción de acuerdos cuyo objeto sería la aplicación y revisión periódica de un recargo por combustible sobre el precio de los servicios de transporte terrestre de contenedores”.
Se abre ahora un período máximo de 18 meses para la instrucción del expediente y para su resolución por la CNC. En este caso, Competencia ha actuado de oficio, fruto de la documentación a la que tuvo acceso la Dirección de Investigación del organismo en el transcurso de las inspecciones domiciliarias realizadas el pasado 23 de marzo de 2011 en la sede de las asociaciones de transporte terrestre de contenedores ELTC y Transcont Valencia. Con esa documentación en la mano, Competencia deduce “la existencia de indicios racionales de la comisión por parte de Asemtracon y 20 empresas del sector de una infracción de la normativa de competencia”.
En particular, del artículo 1 de la Ley de Defensa de la Competencia (LDC) y del artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE). El procedimiento abierto por el organismo que preside desde hace unos meses Joaquín García Bernaldo de Quirós tiene como antecedente el que dio origen a la apertura de sendos expedientes sancionadores por posible prácticas restrictivas a la libre competencia en el transporte en los puertos de Valencia y Barcelona en junio del año pasado.
En el caso del expediente de Valencia, que también contemplaba como sancionable un acuerdo de aplicación de la cláusula de revisión del precio del gasóleo que suscribieron en febrero de 2011 todas las asociaciones sectoriales, la Autoridad Portuaria de Valencia y la Consejería de Infraestructuras y Transportes de la Generalitat, éste también fue fruto de una actuación de oficio.
Sin embargo, en el caso del puerto barcelonés, el expediente sancionador tuvo su origen en una denuncia presentada por la empresa Transportes Alonso Salcedo por presuntas conductas restrictivas de la libre competencia que habrían cometido las asociaciones Transcont y ALTC. Por tanto, se da la curiosa paradoja de que esta empresa ha pasado de denunciante en Barcelona a ser parte implicada en el marco del expediente sancionador en Madrid.
De momento, Asemtracon mantiene silencio en relación con el expediente, si bien como ya recogía este periódico en ediciones pasadas, la patronal ha venido reclamando que se regularizara la aplicación de la cláusula de combustible porque “es una cuestión de supervivencia para el sector en Madrid”. Asemtracon, presidida por José Ignacio Alarcón, representa a más de 40 empresas de transporte de contenedores, que cuentan con una flota conjunta de más de 400 portacontenedores.