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Condenan con un millón de euros actos de competencia desleal de Inter Cox y Jama Tránsitos a Lozano Trans-Frigos

La Audiencia Provincial de Alicante ha reforzado la sentencia del Juzgado de lo Mercantil número uno sobre competencia desleal e infracción de pacto de prohibición de competencia realizadas por cuatro propietarios y directivos de las firmas Inter Cox y Jama Tránsitos contra la extinta Lozano Trans-Frigos, ampliando la indemnización inicial establecida en 100.000 euros por cada uno de los demandados al pago de una indemnización adicional de 484.379 euros por el lucro cesante y daño emergente como consecuencia de la paralización de la actividad de la compañía, lo que suma una condena firme de casi un millón de euros.

La paralización de Lozano Trans-Frigos llevó a la liquidación de la empresa ante el trasvase progresivo de clientes desde Lozano Trans-Frigos hacia las sociedades Jama Tránsitos e Inter Cox. Los cuatro directivos condenados, propietarios de estas dos empresas, eran antiguos socios y trabajadores de Lozano Trans-Frigos. Esta empresa fue creada en febrero de 2002 en Orihuela por el empresario Antonio Lozano, que en junio de ese mismo año donó participaciones de la sociedad a Javier Olmos, Antonio Martínez Costa, José Aurelio Hernández y María Isabel Fenoll, con el compromiso de no competencia con la sociedad, no pudiendo los mismos participar como socios en sociedades similares ni dedicarse al mismo tipo de actividades que la mercantil, con una cláusula penal de 100.000 euros que debería satisfacer el socio que incumpliera la obligación.

Pese a ello, los cuatro directivos crearon dos mercantiles (ver Transporte XXI de 1 de junio de 2007), Inter Cox y Jama Tránsitos, en las que, según el juzgado, procedieron a “una captación ilícita de clientela” procedente de Lozano Trans Frigos, mientras los cuatro demandados ejercían sus funciones directivas en la empresa fundada por Antonio Lozano. Fuentes del bufete valenciano Broseta Abogados, que ha asesorado en la demanda a Lozano, han señalado que “la ratificación de la sentencia confirma que los tribunales no están dispuestos a aceptar conductas de este tipo”.

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