Juristas aseguran que “es inaceptable, con cláusulas abusivas para el transportista”, y “perpetúa el poder de las operadoras”.
Expertos juristas aseguran que el contrato presentado por los grupos BTL y Transbidenor a los transportistas del puerto de Bilbao “mantiene la situación de monopolio” y “debería denunciarse ante Competencia”. Consideran que “es inaceptable, con cláusulas abusivas para el transportista” y “perpetúa el poder de las comercializadoras”
El contrato de colaboración mercantil que han ofrecido los grupos de transporte Bilbao Trucks Logística Portuaria (BTL) y Transbidenor a los autónomos que operan en el puerto de Bilbao, como paso previo para la apertura de las instalaciones a la libre competencia, “mantiene la situación de monopolio”, ya que “da por supuesto que están establecidas las comercializadoras sin que los propios autónomos puedan fundar la suya”, y “debería denunciarse ante el Tribunal Vasco de Defensa de la Competencia”. Así de contundente se han mostrado expertos juristas consultados por este periódico -que han solicitado permanecer en el anonimato-, que aseguran que el documento “es inaceptable, tiene problemas de legalidad y perpetúa el poder de los que controlan las agencias”.
La iniciativa de las comercializadoras fue presentada el 13 de mayo por Miguel Aguirre, presidente de la Asociación de Consignatarios de Buques y Estibadores del puerto de Bilbao, y José Antonio Mendizabal, portavoz de BTL y Transbidenor, que agrupan a cerca del 42 por ciento de los autónomos que operan en la dársena en el ámbito del contenedor. La idea consiste en suscribir un contrato con los transportistas, que garantiza unos ingresos mínimos de 30.000 euros netos al semestre y en el que ambas partes se comprometen a no desarrollar actividades “que sean restrictivas o contrarias a la libre competencia en todo cuanto tenga que ver con la prestación del servicio o fijación de las condiciones de contratación”.
No obstante, abogados expertos en defensa de la competencia advierten que el borrador del contrato contiene cláusulas abusivas que suponen “un encadenamiento del transportista al agente”. En este sentido, señalaron que “la disponibilidad del transportista -que se compromete a realizar todos los servicios de transporte que le comunique el agente- le convierte en criado de la comercializadora” y consideran que “es totalmente exagerado que además se impongan sanciones en caso de indisponibilidad por el transportista”.
Al mismo tiempo, destacaron que “el contrato mercantil incluye un pacto de exclusividad que puede ser contrario al derecho de la competencia al impedir la creación de nuevas empresas comercializadoras competidoras que puedan ofrecer otras condiciones a los agentes, incluso si son empresas laborales constituidas por los propios autónomos”. De hecho, las mismas fuentes apuntan que lo único que cambiaría con la firma por parte de los transportistas de dicho acuerdo es que “el control del puerto quedaría en manos de las empresas operadoras, que llevan a cabo el monopolio de la oferta de transporte en el puerto, y no ya por los sindicatos Sintrabi y Egas, que representan los intereses de los transportistas que operan en las instalaciones portuarias”.