Representantes aduaneros cuestionan sus ventajas ante el riesgo de tener que asumir las deudas tributarias de sus clientes en caso de impagos, siendo España uno de los ocho países preparados técnicamente para su utilización.
España es uno de los ocho países europeos que está técnicamente preparado para que los agentes de aduanas ya puedan beneficiarse del despacho centralizado europeo para la importación desde el 1 de julio. Es decir, la mercancía se puede despachar en un país distinto al que está físicamente.
La Aduana española ya estaba lista para el despacho centralizado para la exportación con anterioridad. Ligado a las ventajas de la figura de Operador Económico Autorizado (OEA) y recogido en el Código Aduanero de la Unión (CAU), el despacho centralizado funciona desde hace años entre las aduanas españolas.
Los beneficios del despacho aduanero centralizado europeo pierden atractivo porque el representante aduanero OEA tiene únicamente la opción de despachar en la modalidad de representación indirecta, es decir, haciéndose responsable solidariamente de las deudas tributarias de su cliente: “No tiene sentido que yo sea solidario con las deudas de mi cliente”, señala Antonio Llobet, presidente del Consejo General de Agentes de Aduanas y Representantes Aduaneros de España. A juicio de este profesional, “no les va a interesar a numerosos colegiados” el despacho centralizado de importación (que son las mercancías que tributan).
Los representantes aduaneros únicamente pueden despachar en la modalidad de representación indirecta en todos los países de la Unión Europea, ya que así lo establece el CAU. Desde el Consejo General, como sus homólogos europeos, “llevamos años pidiendo ejercer la representación directa”, es decir, no responsabilizarse de las deudas de sus clientes. “Aunque hasta ahora no lo hemos conseguido, vamos a seguir insistiendo”.
España es uno de los países pioneros en tener las aduanas listas para el despacho centralizado europeo tanto de importación como de exportación: “Fuimos los primeros”, señalan fuentes de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). Eso sí, “la aplicabilidad práctica depende de la incorporación del resto de países”. Es decir, que las aduanas de otros países comunitarios estén también preparadas.
El despacho centralizado tiene ventajas como “la optimización de los esquemas logísticos e integración de las tareas aduaneras para la empresa que lo hace”. Además, supone “un ahorro financiero ante la existencia de un único interfaz de comunicación con la Aduana (la española) evitando la necesidad de grandes desarrollos electrónicos para comunicarse con cada una de las aduanas del resto de los Estados miembro de la UE”, destacan desde la AEAT, entre otras ventajas.
Para hacer el despacho centralizado, las empresas deben pedir una autorización a la Agencia Tributaria. Una vez concedida, la autoridad aduanera española debe pasar a consultarlo con sus homólogas de los otros Estados miembro implicados.