Las garantías públicas se amplían al arrendamiento financiero.
El Gobierno mantiene la posibilidad de exigir una primera hipoteca sobre el buque a favor del Estado en el nuevo sistema para la concesión de avales públicos destinados a renovar la flota, la condición que más ha disuadido a los navieros a la hora de solicitar una garantía. Además, exige que el buque tenga pabellón español durante el tiempo que esté vivo el aval.
El Gobierno ha aprobado un nuevo sistema para la concesión de avales públicos destinados a la renovación y modernización de la flota mercante española. Este programa, que cuenta con un presupuesto anual de 40 millones de euros, se puso en marcha hace ocho años. Pero ningún naviero ha hecho uso de estas garantías durante el citado período debido a las duras condiciones exigidas por el Gobierno para acceder a las mismas. En principio, el nuevo sistema, aprobado por la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos y publicado en el BOE del pasado 21 de octubre, viene a flexibilizar las condiciones para que los navieros españoles puedan hacerse con algún aval público para renovar la flota.
Sin embargo, el Gobierno mantiene una de las condiciones más criticadas por los armadores a la hora de pedir un aval, cual es que “podrá exigir a la empresa solicitante (…) la constitución de primera hipoteca del buque a favor de la Administración General del Estado en régimen de ‘pari passu’ (en iguales condiciones) y garantías adicionales”. Además, exige que “el buque deberá estar registrado y abanderado en España durante toda la vigencia del aval”, lo que viene a endurecer el esquema hasta ahora vigente, que establecía un “periodo mínimo de cinco años”. Pero también hay en la nueva disposición modificaciones positivas para los navieros.
Los armadores podrán solicitar los avales a lo largo de todo el ejercicio y no sólo entre el 15 de enero y el 15 de julio de cada año. Además, las empresas que se hagan con barcos bajo la fórmula de arrendamiento financiero con opción a compra, de uso común en el mundo del shipping, también podrán solicitar avales públicos para este tipo de operaciones. Como se recordará, estos avales pueden garantizar entre un 20 y un 35 por ciento del valor del buque, correspondiendo el resto a la hipoteca del barco.
En concreto, “la cuantía del aval por cada buque no podrá superar la tercera parte de la cantidad máxima (40 millones de euros) autorizada para el ejercicio por la Ley de Presupuestos Generales del Estado, ni podrá otorgarse anualmente una cantidad superior al 50 por ciento de dicho importe al conjunto de buques perteneciente a la misma empresa o grupo”. La cantidad avalada podrá alcanzar hasta el 40 por ciento del importe consignado en los Presupuestos si se trata de un buque tanque de doble casco que sustituya a uno sencillo que será desguazado.