carretera  | 

El Parlamento Europeo suaviza las condiciones fijadas por la CE para el acceso a la profesión del transporte por carretera

Empresas con 10 años de experiencia no deberán pasar por el curso de 140 horas para obtener el estatuto de “gestor de transporte”.

El Parlamento Europeo ha rebajado las condiciones de acceso a la profesión del transporte redactadas por la Comisión Europea en su propuesta de Directiva. No será necesario el curso de formación para aquellos que tengan diez años de experiencia, y tampoco se exigirán los estacionamientos en las sedes de las pequeñas empresas

El Parlamento Europeo ha suavizado las condiciones fijadas por la Comisión en su propuesta de reglamento de normas comunes para el acceso a la profesión del transporte por carretera en la Unión Europea, texto conjunto que ahora será presentado al Consejo de Ministros de Transporte de la UE. Entre otras medidas, el Parlamento ha eliminado la obligación de cursar una capacitación específica de 14 horas de duración, fijada por la Comisión, y que era condición sine quanon para presentarse al examen de “gestor de transporte”. Ello, a condición de que la empresa acredite diez años de experiencia continua en el sector siempre antes de la entrada en vigor de la Directiva de Normas de Acceso a la Profesión del Transpoirte por Carretera. Asimismo, la necesidad de acreditar fondos financieros suficientes según el esquema contable de activos fijos y “quick ratio” tampoco será necesaria.

La obligación de contar con un aparcamiento de camiones propio en la sede de la empresa, incluso para las más pequeñas, también ha sido eliminada del texto por los parlamentarios. En este último caso, bastará con que las empresas muestren a las autoridades competentes que realmente cuentan con estacionamientos cercanos a su sede. Según algunos diputados, esta medida debería bastar para evitar que las empresas “deslocalicen” sus sedes sociales hacia direcciones fácticas. Todo ello con el objetivo de no complicar demasiado el acceso a la profesión a las empresas ya instaladas.

El reglamento, que debería entrar en vigencia a partir del mes de enero de 2009, contiene también una lista de siete “faltas graves” que conllevan la pérdida de la licencia de “gestor de transporte”. Entre ellas destacan las manipulaciones de los tacógrafos o de las tarjetas de los conductores; los fallos técnicos graves; el infringimiento de los tiempos de conducción y de descanso; y la sobracarga del camión en más de un 20 por ciento de su peso de carga útil. El texto enmendado por el Parlamento Europeo también aporta que, a partir del año 2012, los registros electrónicos nacionales deberán estar interconectados con el objetivo de seguir los pasos de los infractores en toda la Unión Europea.

Los eurodiputados confían en que el Consejo de Ministros de Transporte acogerá en buen grado sus aportaciones a la Directiva de reglas de acceso a la profesión del transporte. Sin embargo, los intereses radicalmente opuestos que enfrentan a ciertos Estados miembros de la Unión Europea con respecto al transporte de cabotaje, hacen que sea muy difícil que el Consejo de Ministros adopte un “paquete normativo” completo.

Para poder seguir leyendo hay que estar suscrito a Transporte XXI, el periódico del transporte y la logística en España.

Acceder
Registrarse
(1) (2)
  1. Si no recuerda o no tiene a mano su código de suscriptor llame al teléfono 944 400 000 y se lo recordaremos.
  2. Si no es suscriptor de Transporte XXI deje este campo en blanco.

* Campo obligatorio

Por favor indique que ha leído y está de acuerdo con las Condiciones de Uso *