El Supremo ha desestimado el recurso interpuesto por el Servicio Vasco de Defensa de la Competencia contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, que anuló la sanción de 250.000 euros impuesta a la patronal de transportes de Vizcaya -Asetravi- por “dirigir a sus asociados dos recomendaciones colectivas de aumento de precios”.
El Alto Tribunal avala así el criterio adoptado por el TSJ, según el cual Asetravi “realiza una orientación general en una materia que afecta a sus asociados, para la que está facultada como asociación que tiene por finalidad la defensa de los intereses profesionales y generales de los transportistas que la componen”, según informa la organización en un comunicado.
Como ya publicó en su día este medio, el expediente de Competencia se inició con motivo de la difusión por parte de la patronal de dos notas de prensa, en septiembre de 2005 y abril de 2006, en las que urgía a los transportistas “incrementar sus tarifas entre un 2,7 y un 3 por ciento” ante el alza del gasóleo.