El organismo concluye que “la subrogación obligatoria de personal no es aceptable” y considera que los artículos 35 y 37 del futuro convenio “son nulos porque constituyen una restricción a la libertad de contratación”.
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El organismo concluye que “la subrogación obligatoria de personal no es aceptable” y considera que los artículos 35 y 37 del futuro convenio “son nulos porque constituyen una restricción a la libertad de contratación”.
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