El comercio exterior del archipiélago suma un volumen de negocio de 5.000 millones.
Los empresarios canarios se preparan para las nuevas reglas de los contratos internacionales de compraventa de mercancías, negocio al que se dedican 14.000 empresas del archipiélago con una facturación de 5.000 millones de euros anuales. Entran en vigor los nuevos incoterms que fijan quién asume riesgos y los costes del transporte
Los empresarios canarios se preparan para las nuevas reglas de los contratos internacionales de compraventa de mercancías, normativa que afecta a unas 14.000 empresas del archipiélago que se dedican al comercio exterior y que suman un volumen de negocio superior a los 5.000 millones de euros. Se trata de los denominados incoterms, tipos de contratos que determinan cómo se distribuyen los gastos del transporte, quién es el responsable de la carga y descarga de la mercancía o quién asume el riesgo de pérdidas en un momento dado durante el envío, entre otros aspectos. Los incoterms son fijados periódicamente, desde 1936, por la Cámara de Comercio Internacional.
El 1 de enero de este año entra en vigor una nueva normativa. No son reglas de obligado cumplimiento, es decir, su aceptación depende exclusivamente de la voluntad de las partes, pero dan seguridad jurídica en las transacciones comerciales internacionales, según se puso de relieve en una jornada sobre la nueva normativa celebrada en la Cámara de Comercio de Santa Cruz de Tenerife. “Aquellos empresarios o profesionales que no emplean este tipo de instrumentos están exponiéndose innecesariamente a riesgos que ponen en peligro la viabilidad y continuidad de la relación comercial”, señaló Andreu Vilà, director de Trade Finance del Banco Sabadell, en el marco de las jornadas.
“Canarias importa más del 90 por ciento de la mercancía que consume. Es necesario ponerse al día de los cambios que afectan a nuestras transacciones”, aseguró Modesto Campos, vicepresidente de la Cámara de Comercio. Con la nueva reglamentación que entra en vigor se pretende simplificar y clarificar qué tipo de contrato o incoterm es el más adecuado según se utilice un transporte multimodal o exclusivamente marítimo.
Y es que uno de los problemas de los incoterms “es que no siempre se utiliza el más adecuado”, señalan fuentes de la Cámara de Comercio. Es el caso de la mercancía transportada en contenedores. Las nuevas reglas recomiendan que para este transporte se apliquen los contratos multimodales y se utilicen excepcionalmente los marítimos. Aunque la nueva normativa tendrá “escasa repercusión en el comercio exterior” del archipiélago, “se da más seguridad en caso de reclamación”, añaden desde el organismo.
Las novedades
Los trece incoterms o tipos de contratos existentes se reducen a once, se modifican los que quedan y se establecen dos nuevos.
Se dividen en dos grupos: para cualquier tipo de transporte o multimodales y aquellos exclusivamente por mar o vía navegable interior.
Una de las novedades es que el incoterm FOB, que ya existía, incluye los costes de la estiba en el puerto de origen a cargo del exportador y él debe de entregar la carga “a bordo del buque”. Antes era “sobre la borda del buque”.