Defiende menos intervención administrativa y más flexibilidad para no jugar con desventaja.
Feteia hará un último esfuerzo para convencer a los grupos parlamentarios de la necesidad de modificar el proyecto de Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT), que se encuentra en fase de enmiendas en el Congreso. Al cierre de esta edición, la federación transitaria estaba pendiente de concretar reuniones con los principales partidos del hemiciclo para hacerles llegar sus propuestas.
“Creemos que hay posibilidades porque estamos cargados de razón”, aseguraron fuentes de Feteia. Uno de los principales caballos de batalla de la federación es que se incluya en la nueva LOTT que los transitarios puedan contratar tanto en nombre propio (representación indirecta) como por cuenta del cliente (representación directa). El proyecto mantiene la situación actual, es decir, que los transitarios únicamente pueden contratar en nombre propio. A juicio de Feteia, ello supone una traba a la libertad de contratación, además de dejar al transitario español en desventaja respecto a su homólogo europeo.
Con la representación indirecta, el transitario asume las responsabilidades como organizador del transporte y como transportista, aunque no sea él quien mueva físicamente la mercancía, ante el cargador. Con la contratación en nombre y por cuenta ajena, el transitario asume exclusivamente su responsabilidad como comisionista, no como transportista físico de la carga. Todas las modificaciones (ver despiece) que propone Feteia al proyecto persiguen dotar a la norma de “más flexibilidad y menos intervención administrativa para acercar más el modelo español al anglosajón”.
Otras modificaciones
Feteia defiende que se elimine la obligatoriedad del visado como instrumento de control de la actividad, que no existe en otros países europeos. Propone sustituirlo por el compromiso de las empresas a comunicar cualquier cambio, si es el caso, a la Administración.
También pide que el transitario con una autorización de operador de transporte no deba obtener el permiso de transportista para mover físicamente la carga. A la inversa, el transportista sí puede ejercer de intermediario sin tener el correspondiente permiso.
La patronal reclama que la Administración no sea tan intervencionista con el macro cuadro de sanciones.