La Comisión Nacional de la Competencia ha solicitado a Puertos del Estado que se acrediten “las razones imperiosas de interés general” que justifican el régimen de autorizaciones establecido en la recomendación que el organismo público ha elaborado para que las autoridades portuarias regulen la actividad de transporte terrestre de mercancías en las dársenas españolas.
El informe de la CNC señala que “tanto los requisitos como las condiciones de acceso no son discriminatorios, son claros e inequívocos, objetivos, se hacen públicos con antelación, son transparentes y accesibles”. La CNC constata que “el procedimiento para la obtención de las autorizaciones establece unas condiciones adecuadas”. La recomendación regula un censo de titulares, un censo de tractoras y un censo de conductores de las autorizaciones AG y AE, que no podrán ser transmitidas.
La primera una autorización genérica para desarrollar la actividad durante un periodo de tres años y la segunda una autorización específica para realizar operaciones concretas durante 48 horas. La CNC entiende que los puertos no podrán limitar el número de autorizaciones por entender que existe un número excesivo que pueda afectar negativamente a la explotación portuaria.