Fenadismer recurrirá el convenio por quedar excluida de la mesa negociadora y alega ser la segunda fuerza del Comité Nacional.
La firma del II Acuerdo General reabre la ‘guerra’ por la representatividad empresarial en el sector del transporte de mercancías por carretera. Fenadismer, defensora de los intereses de los autónomos, recurrirá judicialmente este nuevo convenio por quedar excluida de la mesa negociadora y argumenta ser la segunda fuerza del Comité
Continúa el ‘culebrón’ del II Acuerdo General para las empresas de transporte de mercancías por carretera, pese a la firma rubricada finalmente el 12 de noviembre tras más de diez años de desencuentros entre patronal y sindicatos. El Comité Ejecutivo de Fenadismer, organización presidida por Julio Villaescusa que defiende los intereses de los transportistas autónomos, acordó en la reunión celebrada el pasado 29 de noviembre “recurrir judicialmente” este convenio por haber quedado excluida de la mesa negociadora, que no deja de ser una vía para acceder a los fondos públicos de formación profesional para el empleo.
Este proceso, al que se ha unido también la organización Fetransa, que preside Jaime Díez, reabre la ‘guerra’ por la representatividad entre las patronales del sector. De hecho, Fenadismer argumenta ser la segunda fuerza más representativa en el seno del Comité Nacional del Transporte por Carretera, cuya composición renovó recientemente el Ministerio de Fomento, y ostentar, por lo tanto, más representatividad que las organizaciones empresariales Astic, Lógica, Anatrans y Aecaf, que sí participaron en las negociaciones del II Acuerdo a través de la Confederación Española de Operadores de Transporte.
SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO
No obstante, una reciente sentencia del Tribunal Supremo, frente al recurso de casación interpuesto por Fenadismer contra la decisión judicial de la Audiencia Nacional, que en mayo de 2009 ya cerró las puertas a la irrupción de esta organización en la negociación colectiva sectorial de ámbito estatal, sostiene que “las normas electorales para designación de los miembros de dicho Comité no concuerdan con las normas de fijación representativa propia de la normativa laboral”.
El fallo del Supremo, al que ha tenido acceso este periódico, señala que Fenadismer no ha probado su legitimidad para negociar. Es decir, acreditar que sus asociados emplean, al menos, al 10 por ciento de los trabajadores del sector, ya que su representatividad en el Comité sólo demuestra su implantación en el sector. Para ello, añade la resolución, “bastaba, por ejemplo, con acompañar certificación de la Agencia Tributaria relativa al número de empresas de alta en esa actividad y de los empleados de las mismas a los que practicaron retenciones por rendimientos del trabajo”.
Villaescusa, por su parte, insiste en que “cualquier otra representatividad que pudiera ser exigible a Fenadismer ha de serlo para todos los integrantes del banco empresarial”, en clara alusión a las patronales CETM y CEOT, que integra a Astic, Lógica, Aecaf y Anatrans. La sentencia, no obstante, hace hincapié en que no se puede hablar de “trato discriminatorio”, ya que la parte social reconoció a CETM y CEOT la representación necesaria al constituirse la mesa negociadora, no así con Fenadismer.
La resolución concluye, en este sentido, que “si hubiese reconocido suficiente representatividad, los sindicatos habrían exigido la incorporación a la negociación, porque su interés radicaba en lograr un convenio colectivo válido y no uno anulable por quien había sido excluida de la negociación de forma indebida”. Fetransa, por su parte, que también ha decidido recurrir la firma del II Acuerdo General, ha calificado de “dantesca” las negociaciones por “excluir a las organizaciones representativas de más del 90 por ciento del tejido empresarial del sector”.
Las ayudas a la formación, otra vez encima de la mesa
El lío está asegurado, y el ruido también. Fenadismer y Fetransa, como era de esperar, impugnarán el II Acuerdo General del transporte por carretera al no permitirse su participación en las negociaciones de este convenio sectorial, firmado el pasado 12 de noviembre. Ambas organizaciones reclaman su derecho a sentarse en la mesa negociadora y denuncian que ninguna de las patronales del banco empresarial ha acreditado la representatividad necesaria que la legitime para participar en el proceso negociador.
Desde esta óptica, podría tener cierta lógica dicha reivindicación, pero llama poderosamente la atención la insistencia de Fenadismer y Fetransa, que enarbolan la bandera de la defensa de los intereses de los autónomos, por participar en la negociación de un convenio que regula las relaciones laborales entre trabajadores y empresarios.
¿No será acaso una vía para tener acceso a los fondos públicos de formación profesional para el empleo? Y es que para poder acceder a estas ayudas, las organizaciones empresariales deben acreditar su participación en la negociación colectiva sectorial estatal. Acabáramos…