La Audiencia observa indicios de “posible delito societario” por la emisión de pagarés para refinanciar deudas de La Luz Market.
La Justicia canaria ha reabierto la causa por la gestión semipública de la sociedad de estiba del puerto de La Luz y Las Palmas (Sestiba) iniciada en el año 2008. La Audiencia Provincial ha ordenado investigar la etapa de Arnáiz al observar indicios de “posible delito societario” por emitir pagarés para refinanciar deudas de la estibadora La LuzMarket
La Audiencia Provincial de Las Palmas ha ordenado al Juzgado de Instrucción número dos de la ciudad canaria que mantenga viva la causa abierta en 2008 por la gestión de la antigua Sestiba, actual Sociedad Anónima de Gestión de Estibadores Portuarios (Sagep), durante la etapa de José Manuel Arnáiz como presidente de la Autoridad Portuaria, que tenía el 51 por ciento de sus acciones. La Justicia ha estimado el recurso presentado por la Sagep contra el sobreseimiento provisional realizado en primera instancia en junio de 2013, pleito en el que figuran como imputados el propio Arnáiz y el antiguo gerente de Sestiba, José Olivares, según publica La Provincia.
El auto señala que en lo actuado “constan indicios de un posible delito societario de gestión desleal, sin descartar en esta fase procesal otras figuras afines como la apropiación indebida en la modalidad de distracción”, observando sombras en una serie de pagos librados por la sociedad de estiba a favor de la estibadora La Luz Market. El auto judicial advierte que estas cantidades “no responden a ninguna relación obligacional que justifique su emisión”, explicando que “en realidad lo que sustenta el libramiento de tales efectos es la existencia de deudas propias de la entidad en cuyo favor se emiten, La Luz Market, que al tener vencimientos próximos que no se pueden afrontar, recurre al querellante para que con cargo a su propio patrimonio facilite unos efectos que luego se imputan a deudas con la misma entidad”.
El auto de la Audiencia, revelado por el rotativo canario, afirma que “ni consta autorización del Consejo de Administración para ello”, ni se observa que esta práctica “produzca beneficio alguno en Sestiba, más allá del idealizado pago de facilitar el abono de deudas a uno de sus accionistas”. La Audiencia basa sus argumentos en el informe realizado por la Intervención General del Estado en el que se recoge un apunte de 1,52 millones de euros en concepto de financiación comercial no retribuida de Sestiba a La Luz Market. El auto explica que “Sestiba proporciona fondos propios a uno de sus accionistas para pagar deudas contraídas con la propia Sestiba”, matizando que el préstamo “no se refleja con la debida claridad e individualización en las cuentas de la sociedad, sin que quede constancia de su abono”.
La Audiencia afirma que el argumento “aparentemente peregrino” dado por los anteriores responsables la sociedad de estiba de que “el importe va a parar finalmente a Sestiba, obviando el dato esencial de que lo es en pago de deudas anteriores, y no como amortización del crédito, prolongándose esta situación aparentemente de forma indefinida, lastrando las cuentas de la propia sociedad matriz”. La resolución de la Audiencia insta a celebrar una prueba pericial “a fin de reseñar el perjuicio económico”, para lo cual ha indicado al juzgado de instrucción que localice al responsable de la división de control financiero y auditoría adscrito a la Intervención General del Estado que, en primera instancia, solicitó la Sagep.
El juzgado no pudo practicar esta prueba con anterioridad por desconocimiento del domicilio de este responsable de la Administración General del Estado. La Audiencia ha solicitado que “se investiguen a fondo los hechos” al observar no sólo “una mera irregularidad contable, sino de distracción de fondos”, al ser Sestiba durante lo actuado una empresa con mayoría de capital público, en manos de Puertos de Las Palmas.