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La Justicia tumba el recurso de CCOO que torpedeó la viabilidad de Ochoa

El fallo de la Audiencia Nacional respalda la ‘hoja de ruta’ de los accionistas, pero llega tarde para la paquetera, en liquidación.

El saber popular dice que “más vale tarde, que nunca”, aunque hay respuestas que cuando llegan ya no sirven para nada. Casi dos años después de la entrada en concurso de Transportes Ochoa, actualmente en fase de liquidación, la Audiencia Nacional ha desestimado la demanda de CCOO contra el ERE de la paquetera, aprobado por Empleo a principios del pasado año, que afectaba a 200 empleados, casi la cuarta parte de la plantilla.

La cuestión tiene su miga, ya que la empecinada oposición de la organización sindical a la reestructuración de la empresa ante la fuerte caída de las ventas torpedeó el acuerdo alcanzado entre Ochoa y los bancos para refinanciar su deuda sin acudir al concurso, lo que ha terminado por llevar a la paquetera al cese definitivo de la actividad. Hay que recordar, además, que el recurso de CCOO, sin el respaldo de la totalidad de los trabajadores, ni siquiera de UGT, tuvo lugar cuando la compañía empezaba a levantar cabeza, al lograr recuperar el 30 por ciento de su producción, según afirmaron entonces fuentes de Ochoa. El fallo judicial, al que ha tenido acceso este periódico, es contundente, aunque llega demasiado tarde.

La sentencia tumba las argumentaciones del sindicato, que defendía que la empresa era “rentable”, y da la razón a los accionistas de la paquetera, al considerar “probada la concurrencia de causa económica, puesto que la reducción de la actividad de la empresa era de tal magnitud, que ponía en riesgo su viabilidad futura y la pervivencia del empleo”. CCOO estaba empeñada en conseguir la nulidad del ERE porque, en su opinión, la empresa “no identificó en ningún momento a los trabajadores afectados por las medidas, no estuvo abierta a ninguna otra alternativa negociadora y mantuvo inamovible su posición inicial”.

La Sala, sin embargo, “no comparte los reproches de CCOO”, y descarta que “el período de consultas incumpliera los estándares exigidos legalmente”. El fallo, además, señala que no se produce la nulidad de ningún ERE por la circunstancia de que en su propuesta no haya una identificación nominativa de todos y cada uno de los trabajadores afectados. En cuanto a la externalización de la paquetera de ciertas rutas con otras mercantiles o transportistas, otra de las críticas de la organización sindical, la sentencia recoge que “es legítima”.

Por último, CCOO reclamaba responsabilidad laboral tanto a Transportes Ochoa como a la sociedad Riojana de Naves Industriales, participada por los miembros de la familia Ochoa, una defensa que también echa por tierra la Audiencia Nacional. El fallo señala que el hecho de que de dos empresas estén participadas por los mismos accionistas no comporta, por sí sola, que exista un grupo, ni que las responsabilidades de una de ellas sean atribuibles a la otra. Es más, la resolución legitima que una de las empresas familiares compre activos inmobiliarios a la otra, como una forma de recapitalización de compañías en crisis, siempre que sea a precios de mercado, como ocurrió en el caso de la paquetera.

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