La jurisprudencia contradictoria sobre la responsabilidad del consignatario en el deterioro de la mercancía crea inseguridad jurídica y económica a este colectivo, según se puso de relieve en la mesa redonda sobre la responsabilidad de consignatarios y transitarios, que se celebró el 30 de octubre en Barcelona. Las Audiencias Provinciales se han posicionado mayoritariamente en sus sentencias contra la equiparación del consignatario al naviero.
Cuando las denuncias llegan al Tribunal Supremo, éste se ha pronunciado siempre por condenar al consignatario, hasta marzo de 2006, cuando una sentencia del alto tribunal da la vuelta a la tortilla: el consignatario no debe de responder del daño a la mercancía. Sin embargo, seis meses después, otra sentencia del Tribunal Supremo, donde dije digo, digo Diego, es decir, el consignatario debe responder por el naviero. Esta jurisprudencia contradictoria crea inseguridad jurídica, aseguro el abogado Jaime Rodrigo de Larrucea, moderador del acto. Los transitarios no pretenden “ir contra los consignatarios”, sino que este colectivo acepte también su cuota de responsabilidad en el transporte, señaló el letrado Josep Bertrán.