La exigencia de una primera hipoteca sobre el buque para la concesión de la garantía lastra la eficacia del sistema, aunque Fomento se compromete a flexibilizar la norma.
Ocho años después de su puesta en marcha, los avales públicos destinados a la renovación de la flota continúan sin atraer a los armadores españoles, que no han hecho uso de los mismos. La principal rémora para los navieros es la exigencia por parte de Economía de una primera hipoteca sobre el buque para la concesión del aval
Los avales públicos destinados a la renovación de la flota por parte de los armadores españoles continúan sin tener una aplicación práctica. En la última legislatura, el Gobierno de Zapatero tampoco ha concedido ninguna garantía a los navieros. Como se recordará, desde hace ocho años, los Presupuestos Generales del Estado disponen de una partida “de 39,07 millones de euros para garantizar operaciones de inversión destinadas a la adquisición de buques por navieras domiciliadas en España, mediante su compra o arrendamiento con opción de compra”, según consta en la orden 2573/2003, de 17 de septiembre, que regula el citado sistema.
Este aval puede garantizar hasta el 35 por ciento del valor del barco, correspondiendo el resto a la hipoteca del barco. Según Fernando Palao, secretario general de Transportes, “los avales del Estado son casi el único mecanismo de que dispone la Administración Marítima para ayudar a mejorar la dimensión y las condiciones de nuestra flota. Su otorgamiento está regulado por Orden Ministerial en cuya reforma estamos trabajando habida cuenta de sus indefiniciones y limitaciones”.
La principal rémora para que los navieros soliciten estas garantías es la exigencia por parte del Ministerio del Economía de la presentación una primera hipoteca sobre el buque para la concesión del aval, cuando, según la patronal sectorial Anave, este sistema se configuró para complementar la hipoteca del barco. En este sentido, Palao asegura que “el negocio naviero es una actividad muy dinámica que siempre está buscando fórmulas de financiación novedosas para la construcción y explotación del buque, fórmulas que están sometidas al control nacional y al de la Unión Europea para evitar que se conviertan en syudas de Estado.
El importe avalado en cada operación puede llegar al 35 por ciento del precio total del buque, por lo que parece razonable que se exija una garantía suficiente. La exigencia de una primera hipoteca sobre el buque puede ser efectivamente un elemento clave y estamos trabajando en su revisión para suavizar esta exigencia, dentro de los posibles modelos jurídicos aplicables y a la vista de la experiencia habida”.