La patronal Aeci presenta recurso de alzada ante el consejo de administración de Aena para que asuma el pago de los mismos.
La patronal de los couriers internacionales Aeci mantiene su batalla por conseguir que Aena asuma los costes de seguridad en la primera línea del centro de carga aérea de Barajas. Los couriers presentaron hace unos días un recurso de alzada ante el consejo de Aena, tras el silencio administrativo sobre este asunto del director del aeropuerto
Las medidas adicionales en materia de seguridad que se debieron tomar a finales de 2007 en la primera línea del centro de carga aérea de Madrid-Barajas, tras inspección de la Comisión Europea, siguen trayendo cola. Las empresas privadas situadas en esa zona del recinto se vieron obligadas a asumir el coste de unas medidas de control más rígidas, bajo la amenaza de cierre de las instalaciones.
Llegados a este punto, una parte de las empresas afectadas, los couriers internacionales agrupados en la patronal Aeci, decidieron a principios de 2008 emprender la vía legal para solicitar que sea la pública Aena la que asuma ese sobrecoste en materia de seguridad, ya que “al tratarse de infraestructuras situadas en zona de dominio público las competencias en materia de seguridad deben ser asumidas por Aena y el Ministerio del Interior, como así se recoge en el Estatuto de Aena y en el convenio que firmó esta entidad con Interior”, aseguran desde Aeci.
De esta manera, los couriers solicitaban mediante un escrito con fecha de 18 de febrero al director del aeropuerto madrileño, Miguel Ángel Oleaga, su pronunciamiento oficial. Trascurridos más de tres meses de esta solicitud y tras el silencio administrativo por parte de la Dirección del aeropuerto, Aeci ha presentado un recurso de alzada ante el consejo de administración de Aena con el objetivo de que la pública asuma “la reintegración de los importes que han asumido las privadas en materia de seguridad”.
El recurso fue presentado hace unos días y se ha abierto un plazo de tres meses para que Aena emita su respuesta en uno u otro sentido. En este caso el silencio administrativo por parte de Aena trascurridos esos meses se consideraría positivo. En caso de respuesta negativa, los couriers se guardan aún la baza de la vía contencioso-administrativa.