Las autoridades portuarias tendrán autonomía de gestión para modificar las tasas, reducir los mínimos exigibles de tráficos y conceder aplazamientos, aminorando en 100 millones de euros sus ingresos en 2020.
El Consejo de Ministros aprobó ayer un paquete de medidas de apoyo económico a las empresas del sector marítimo-portuario llamadas a reducir el impacto de la caída de actividad como consecuencia de la pandemia del Covid-19. En concreto, a través de Puertos del Estado, se procederá a una rebaja parcial de las tasas portuarias que permitirá un ahorro de costes, que el organismo que preside Francisco Toledo estima en más de 100 millones de euros.
La medida tomada por Puertos del Estado aumenta la autonomía de gestión de las entidades portuarias al conceder a estas la capacidad para modificar “motivadamente” las tasas, reducir los mínimos exigibles de tráficos y actividad y conceder aplazamientos de pago. El organismo público explicó ayer que “la apuesta por la autonomía de gestión es una muestra de confianza y busca agilizar la gestión de las autoridades portuarias, al eliminar el filtro de Puertos del Estado, y una mejor adaptación a las condiciones particulares de cada una”.
El paquete de medidas afecta principalmente a la reducción de la tasa de ocupación que será de un 20 por ciento para todas las concesiones, menos para las estaciones o terminales de pasajeros, cuya reducción se podrá ampliar hasta el 60 por ciento. Los puertos dejarán de recaudar 84 millones de euros por esta medida, de acuerdo a las previsiones. En segundo lugar, se reduce la tasa al buque en un 10 por ciento a los barcos relacionados con el transporte marítimo de corta distancia, aunque cuando se trate de un servicio marítimo regular de pasaje o carga rodada la reducción será del 50 por ciento.
En tercer lugar, se toman medidas respecto a los mínimos exigidos en tráficos o actividad, que podrán ser reducidos motivadamente por cada puerto, evitando penalizaciones económicas y, por último, las autoridades portuarias podrán conceder aplazamientos de pago de hasta seis meses en las liquidaciones de las tasas portuarias, sin que devenguen por ello intereses de demora ni se exijan garantías adicionales.
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