Diversas sentencias equiparan los derechos de los trabajadores de las estibadoras Tramer, Relisa, Tepsa y Cargill del puerto de Barcelona a los de Estibarna Apie, y son considerados estibadores del Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores del Mar, lo que supone la jubilación a los 55 años, con el 100 por 100 de la retribución, en lugar de a los 65.
Las sentencias, una de ellas en firme, afectan a unos 120 trabajadores. “Son sentencias muy importantes porque hace materialmente equiparables la estiba y desestiba de portuarios fijos de empresa a las de estibadores de Estibarna”, aseguró Jaume Cortés, abogado del Colectivo Ronda, que lleva el caso.