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Sevasa toma medidas para cumplir con la legalidad en descansos del personal

La sociedad de estiba del puerto de Valencia Sevasa-APIE ha tomado una serie de medidas para cumplir la legalidad de los descansos del personal estibador. Desde el pasado 1 de febrero Sevasa ha comunicado al comité de empresa de la sociedad de estiba que “ningún trabajador podrá trabajar en los fines de semana o los festivos asignados si en los treinta días anteriores no ha descansado un mínimo de seis días”.

Asimismo, sólo “se podrá doblar en una jornada si el número de dobles de los 30 días anteriores es inferior al número de días no trabajados en ese mismo periodo”, no contándose como días no trabajados las faltas al trabajo. Por último, Sevasa ha decidido “establecer con carácter general el descanso nocturno de doce horas para todas las personas que trabajen en las jornadas de 19-01 ó 20-02, de modo que la primera jornada del día siguiente será la de 14 a 20 horas”, matizando que “si una persona ha trabajado en la jornada de 14-20 y trabajase en la jornada 02- 08, no podrá volver a trabajar hasta la jornada 20-02 de ese día”.

En la carta que comunica estas instrucciones, la Gerencia de Sevasa afirma que “en innumerables ocasiones hemos pedido el apoyo del Comité de Empresa para hacer cumplir la jornada laboral y los descansos semanales y entre jornadas”, matizando que “nunca hemos recibido su colaboración, la excusa ha sido siempre el turno de rotación, las disfunciones que en él provocarían y la libertad de los trabajadores de realizar o no sus descansos, entendiéndose como un derecho y no como obligación”.

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