Han tenido que pasar tres años, y un ultimátum de la Comisión Europea, para que el Gobierno español regule el tiempo de trabajo a los transportistas autónomos, incluidos en el ámbito de la normativa comunitaria desde marzo de 2009. Más vale tarde que nunca, aunque para este viaje no hacían falta alforjas. Y es que está por ver el alcance de este nuevo Real Decreto, un ‘mero trámite’ para evitar posibles reprimendas de Europa, del que el sector no espera “resultados espectaculares”.
De hecho, aunque se equiparan un poco más las reglas, no se han eliminado todas sus ventajas frente a los asalariados, lo que sigue dejando la puerta abierta a la distorsión del mercado. La cuestión no es baladí, ya que en España, a diferencia del resto de países europeos, más del 65 por ciento de las empresas de transporte de vehículos pesados operan bajo la figura de persona física. Es decir, son autónomos.
Entre las susodichas ventajas, por citar sólo un ejemplo, se encuentra en el tiempo de disponibilidad, acotado a 20 horas semanales para los trabajadores por cuenta ajena y sin límite para los autónomos, que no computa, además, como tiempo de trabajo. ¡Hagan cuentas!. Con todo, las patronales advierten que la discriminación más importante entre autónomos y asalariados sigue estando en la fiscalidad -léase sistema de módulos-, que se ha convertido en un mecanismo de subvenciones con graves consecuencias en el mercado.
Y ahí queda un largo camino por recorrer. Guipúzcoa ya ha dado un paso al anunciar que sacará a la carretera del módulo a partir de 2014, pero si no cunde el ejemplo, será peor el remedio que la enfermedad.