El instructor archiva la causa contra el presidente del puerto de Cartagena por fraude a la Seguridad Social a petición de un fiscal distinto al que formuló la actuación penal.
El fiscal anticorrupción de Murcia ha salido en auxilio del presidente del puerto de Cartagena, Adrián Viudes, que estaba imputado por un supuesto delito de fraude continuado a la Seguridad Social por valor de 1,4millones de euros, al solicitar el sobreseimiento de la causa, ratificado hace poco por el juez instructor del caso
El presidente de la Autoridad Portuaria de Cartagena, Adrián Viudes, no se sentará, de momento, en el banquillo de los imputados. El juzgado de Instrucción número 5 de Cartagena ha decidido archivar la causa contra Viudes donde se le imputaba un supuesto delito de fraude continuado a la Seguridad Social por valor de 1,4 millones de euros. Esta es la cantidad que la sociedad estatal de estiba de Cartagena (Sesticarsa), que preside Viudes, adeuda a la Seguridad Social por el impago de las cotizaciones de las horas extraordinarias realizadas por los trabajadores portuarios entre los años 2003 y 2006.
El sobreseimiento afecta no sólo a Viudes como presidente de Sesticarsa, donde el puerto ostenta el 51 por ciento de la acciones, sino también al resto de miembros del Consejo de Administración que representan a las estibadoras privadas. El archivo de la causa contra Viudes no ha estado exento de polémica. Y es que el fiscal del Tribunal Superior de Justicia de Murcia que se hizo cargo de la denuncia presentada por la Dirección Terriorial de Inspección de Trabajo contra Viudes con fecha 29 de septiembre de 2007 y que dio traslado de la misma al juzgado de instrucción solicitando la imputación de los demandados el 17 de abril de 2008, no es el mismo que luego pidió al instructor “el sobreseimiento libre de las actuaciones penales sin perjuicio del derecho de la Inspección Laboral a continuar el procedimiento administrativo sancionador”, según escrito del 28 de diciembre de 2009.
La formulación de la denuncia contra Viudes y los consejeros de Sesticarsa corrió a cargo de José María Esparza Aranda, fiscal del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, mientras que el escrito de diciembre de 2009 solicitando el archivo, ratificado en febrero pasado por el instructor, correspondió a Juan Pablo Lozano Olmos, Delegado de la Fiscalia Anticorrupción en Murcia, adscrito también al Tribunal Superior de la región. TRANSPORTE XXI se ha puesto en contacto con el Tribunal Superior de la región para conocer qué criterios se siguen a la hora de asignar o cambiar de fiscales en una causa.
Un portavoz del mismo señaló que la distribución del trabajo entre los fiscales es competencia del fiscal jefe del Tribuna Superior de Justicia de Murcia, que es Manuel López Bernal. Lo más llamativo del escrito del fiscal anticorrupción Lozano Olmos es que basa su solicitud de archivo de la causa en unas “instrucciones y criterios técnicos sobre la cotización a la Seguridad Social por la horas extraordinarias de los portuarias”, realizadas por la Dirección General de la Inspección de Trabajo con fecha 11 de septiempre de 2008, es decir, emitidas diez meses después de la denuncia presentada por el fiscal Esparza Aranda.
Este criterio técnico nace de una primera solicitud remitida por el propio Viudes, presidente de Sesticarsa y el puerto de Cartagana, a la Dirección General de Inspección de Trabajo el 21 de abril de 2008, es decir, cuatro días después de la denuncia formulada por el fiscal Esparza Aranda. En esta solicitud, Viudes pide que se inspeccione, con los mismos criterios que en Cartagena, a todas las Sociedades Estatales de Estiba y Desestiba y a las Agrupaciones Económicas de Interés Rconómico del sistema portuario español. Poco después, el 12 de junio de 2008, Puertos del Estado, entonces presidido por Mariano Navas, conocedor de la demanda de Viudes, también se dirigió a la misma Dirección General de Trabajo, para que unificara los criterios de los servicios de inspección en relación a la cotización de las horas extraordinarias de los portuarios a la Seguridad Social. Intenso cruce de cartas De este intenso cruce de cartas resultan las citadas instrucciones de la Seguridad Social del 11 de septiembre de 2008, que sirven de base al fiscal anticorrupción de Murcia para solicitar el archivo de la causa penal contra Viudes y el resto de consejeros de Sesticarsa.
Dice el fiscal Lozano Olmos que “estas circulares resultan fundamentales para no considerar defraudatoria la actuación de Sesticarsa, sin perjuicio de que tales criterios sean meramente interpretativos y no vinculantes, no pudiéndose aplicarse con carácter retroactivo”. En cualquier caso, continúa el fiscal anticorrupción de Murcia, “estos criterios (de la Seguridad Social, la misma que denunció a Viudes) suponen que los conceptos utilizados en el sector de la estiba y desestiba necesitan una aclaración para conseguir una aplicación uniforme en todos los puertos de España”.
La jurisprudencia que trae a colación el fiscal Lozano Olmos señala que “la mera discrepancia en la forma de computar ciertos conceptos que integran la base imponible, puede determinar la imposición de una sanción administrativa, sin que ello suponga la imputación de delito alguno aunque se superen las cuantías fijadas en el Código Penal”. El artículo 305 del Código Penal dice textualmente: “El que, por acción u omisión, defraude a la Hacienda Pública estatal, autonómica, foral o local, eludiendo el pago de tributos, cantidades retenidas o que se hubieran debido retener o ingresos a cuenta de retribuciones en especie, obteniendo indebidamente devoluciones o disfrutando beneficios fiscales de la misma forma, siempre que la cuantía de la cuota defraudada, el importe no ingresado de las retenciones o ingresos a cuenta o de las devoluciones o beneficios fiscales indebidamente obtenidos o disfrutados exceda de 120.000 euros, será castigado con la pena de prisión de uno a cuatro años y multa del tanto al séxtuplo de la citada cuantía”.
En este caso, la acta de liquidación de la Dirección Terriorial de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social contra la semipública Sesticarsa es de 1,4 millones de euros. Durante los interrogatorios previos al archivo de la causa, la Dirección Territorial de Trabajo de Murcia aseguró que, con la aplicación de los criterios de la Seguridad Social de 11 de septiembre de 2008, la cantidad adeudada por Sesticarsa “hubiera sido muy similar”.