El uso del tacógrafo será obligatorio en los Archipiélagos de Canarias y Baleares antes del 1 de enero de 2010 para aquellos vehículos que circulen en islas que excedan los 250 kilómetros cuadrados de extensión, según el Real Decreto 1163/2009, del pasado 10 de julio, que modifica uno de 2007, que regula las normas sobre tiempos de conducción y descanso, donde la utilización del mismo era de aplicación para los vehículos que circulasen en islas de más de 1.500 kilómetros de extensión.
En virtud de esta modificación, en el caso de Canarias, será exigible en las islas de Tenerife, Gran Canaria, Fuerteventura, Lanzarote, La Palma, La Gomera y el Hierro. Y en el caso de Baleares se exigirá en Menorca e Ibiza. En Mallorca, el uso del tacógrafo ya era obligatorio con anterioridad.