El juez desaprueba la sucesión empresarial por la que ILC pagó un euro por los activos y recibió 10,52 millones a modo de compensación por “asumir los contratos de trabajo”.
UPS recurrirá la sentencia que declara la nulidad de la venta de su centro de trabajo de Vallecas (Madrid). El juez desaprueba una sucesión empresarial por la que la empresa ILC pagó un euro por todos los activos y obtuvo 10,52 millones en forma de compensación por “asumir los contratos de trabajo” adscritos al centro
Una sentencia firmada por José Ángel Folguera Crespo, magistrado juez del Juzgado de lo Social número 30 de Madrid, estima la demanda interpuesta por los trabajadores y declara la nulidad de la sucesión empresarial del centro de trabajo de Vallecas acordada entre la paquetera United Parcel Service España (UPS) e Integración de Logística Complementaria (ILC). La sentencia, a la que ha tenido acceso este periódico, declara también el derecho de los trabajadores a reintegrarse a la plantilla de UPS. En un fallo tan fulgurante en el tiempo, ya que se produce pocos días después de la celebración del juicio, como contundente en las formas, se condena también a las dos empresas implicadas a asumir el pago de los honorarios de los letrados que representan a los trabajadores, así como a una sanción económica de una cuantía de 3.000 euros para cada una de ellas al apreciar “temeridad y mala fe en la conducta de las demandadas”.
Fuentes oficiales de la paquetera han confirmado a este periódico que “UPS no está de acuerdo con el juicio y tiene intención de apelar la decisión”. En todo caso, “como los procedimientos judiciales aún están en curso, UPS no hará más comentarios en este momento”. El fallo judicial señala que con fecha de 31 de diciembre de 2011, UPS y Management Outplacement Administration (MOA), firma especializada en servicios de externalización y reindustrialización, suscribieron un documento para la búsqueda de compradores para el centro de trabajo de Vallecas. MOA obtenía 105.000 euros más otros 3.500 euros adicionales por cada oferta nominativa firme de contratación presentada. Fruto de este proceso surgió el interés de ILC, sociedad del grupo navarro ISN.
A finales de junio y principios de julio de 2012, UPS e ILC firman sendos documentos por los que se concreta la compraventa del centro de trabajo de Vallecas, contemplándose ciertas cláusulas de confidencialidad, “en particular las partes se obligan a no revelar la información confidencial o el contenido del acuerdo a los empleados”. El precio de adquisición se cifra en un euro y a cambio ILC se hace con los activos del negocio de UPS en Vallecas, que constan de una parcela industrial y nave (con un precio fijado a efectos fiscales en 1,5 millones de euros), maquinaria, vehículos, ordenadores, cámaras de seguridad, escáner, etc, así como los derechos y obligaciones derivados de los contratos laborales de los empleados.
En el fallo judicial se recuerda que ILC está dada de alta en el IAE para la actividad de “servicio de limpieza de interiores”. En el marco del acuerdo, las dos compañías firman un contrato de transporte por el que ILC se obliga a transportar envíos encargados por UPS durante 36 meses en régimen de no exclusividad. Estos envíos se corresponden con los códigos postales del 28001 al 28099 de Madrid capital y el Corte Inglés de Valdemoro, por un precio de 2,13 euros por paquete. Fruto de este contrato, ILC factura y recibe de UPS 90.612,33 euros entre los meses de julio y noviembre de 2012, según consta en el fallo judicial. Asimismo, el contrato contempla las rutas Madrid-Zaragoza y Coslada-Barajas, facturadas esos meses por cuantías variables entre 18.000 y 27.000 euros.
CONTRAPARTIDA
Escasos días después de la firma del acuerdo de compraventa, ILC pone en marcha el proceso para ejecutar un ERE de suspensión temporal de contratos y realiza tres despidos de carácter disciplinario. Paralelamente, ILC obtiene de UPS 10,52 millones de euros “como contrapartida de la asunción de los contratos de trabajo de los empleados adscritos al centro de Vallecas”, según afirma la sentencia.
El juez Folguera incluye entre los hechos probados que “UPS venía desde 2001 intentado desprenderse por todos los medios del centro de trabajo y despedir a sus empleados”, para lo que puso en marcha diversos EREs desestimados todos ellos por las autoridades laborales, además de proceder a derivar gran parte del volumen de trabajo del centro de Vallecas hacia su instalación en Coslada. La sentencia descarta de manera rotunda el “valor legitimador” de esta sucesión empresarial “frente a todos estos datos abrumadores, a falta de una explicación razonable”, puesto que “ni siquiera se ha aportado plan de negocio que explicaría la utilidad empresarial final que obtiene la empresa entrante”.
“Poco adecuada” intervención de la Autoridad Laboral
La sentencia hace relación a la reunión que mantuvieron representantes de UPS e ILC, “bajo los auspicios del intermediario en la operación” (MOA), con la directora general de Trabajo de la Comunidad deMadrid, Mar Alarcón, lo que presentan “como una homologación administrativa oficial del acuerdo”. Sin embargo, el juez recuerda que en la reunión “no estuvieron los representantes de los trabajadores, sin que conste tampoco que el organismo público se interesara por la presencia de éstos, les oyera previamente o se cuidase de informar pertinentemente a los trabajadores afectados”. Es por ello que asevera que “es evidente que si la autoridad laboral expresó de palabra su aprobación de lo acordado lo hizo sin oir a los afectados”, en contra de las disposiciones legales básicas y sin seguir el procedimiento regular, por lo que califica de “poco adecuada” su intervención. Por tanto, esta reunión “no puede esgrimirse como elemento legitimador del acuerdo, ni equivale a la homologación pública del mismo, particularmente si se pretende con ello que haya quedado autorizada la transferencia de una plantilla laboral entera a al empresa entrante” y ello sin compromiso de mantenimiento del empleo.
Cronología del proceso
En julio de 2012 se cerraba la compraventa del negocio de UPS en Vallecas en favor de Integración de Logística Complementaria (ILC), sociedad fundada en diciembre de 2010 por el grupo ISN, presidido por Fermín Elizalde. ISN es un grupo empresarial integrado por cerca de 40 sociedades mercantiles.
Tras abrir período de consultas con los trabajadores en julio de 2012, ILC presenta en agosto un ERTE que afecta a la mayoría de los 75 trabajadores en plantilla.
Los trabajadores presentan una demanda por subrogación irregular y el juez sentencia a finales de diciembre que la sucesión empresarial es nula.